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Acciones de grupo en materia laboral / investigadores Juan Sebastián Encinales Ayarza; Diana Katherine Neita Rodríguez;

Por: Detalles de publicación: Bogotá : Universidad Externado de Colombia, 2013.Descripción: 203 p ; 21 cmISBN:
  • 9789587720648
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 333.72 E56a
Resumen: La insuficiencia de la acción individual para proteger situaciones concretas de vulneración de derechos a un grupo de personas ha originado que se implementen en el ordenamiento jurídico colombiano figuras jurídico-procesales propias de experiencias anglosajonas; por ejemplo, la Class Action (acciones de clase o de categoría), como un remedio legalmente admisible frente a las relaciones en masa y a los daños ocasionados a un grupo de personas. En este sentido, desde el año de 1991, se elevaron, a nivel constitucional, mecanismos procesales de naturaleza colectiva tales como la acción popular y la acción de grupo o clase establecidos en el artículo 88 de la Carta Política de 1991, para garantizar de manera real y efectiva la protección de derechos e intereses colectivos. En la mayoría de casos la utilización de dichos mecanismos procesales se circunscriba al ámbito civil y de lo contencioso administrativo, siendo ajenos al derecho del trabajo. Sin embargo, desde el concepto y los elementos que se establecieron en la Ley 472 de 1998, es evidente que los perjuicios que se ocasionen a los trabajadores en virtud de la vinculación laboral en el sector público o privado pueden ser reclamados mediante acciones de grupo; por ello, la presente investigación se encarga de explicar los aspectos conceptuales y procesales para acudir a esta acción y, con base en el análisis de la jurisprudencia de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado del período 2000-2011, presentar los diferentes casos en los que el ejercicio de la acción de grupo ha procedido para indemnizar los daños ocasionados a un número plural de trabajadores por la acción u omisión del Estado o de un particular, a fin de promover el conocimiento y, por supuesto, la utilización de este mecanismo procesal, que resulta expedito para la
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Tipo de ítem Biblioteca actual Colección Signatura Copia número Estado Notas Fecha de vencimiento Código de barras
Libro - Material General Libro - Material General Biblioteca Juan Nepomuceno Mojica Angarita Colección General 333.72 E56a (Navegar estantería(Abre debajo)) 1 Disponible (Sin restricciones) Derecho 005373

La insuficiencia de la acción individual para proteger situaciones concretas de vulneración de derechos a un grupo de personas ha originado que se implementen en el ordenamiento jurídico colombiano figuras jurídico-procesales propias de experiencias anglosajonas; por ejemplo, la Class Action (acciones de clase o de categoría), como un remedio legalmente admisible frente a las relaciones en masa y a los daños ocasionados a un grupo de personas. En este sentido, desde el año de 1991, se elevaron, a nivel constitucional, mecanismos procesales de naturaleza colectiva tales como la acción popular y la acción de grupo o clase establecidos en el artículo 88 de la Carta Política de 1991, para garantizar de manera real y efectiva la protección de derechos e intereses colectivos. En la mayoría de casos la utilización de dichos mecanismos procesales se circunscriba al ámbito civil y de lo contencioso administrativo, siendo ajenos al derecho del trabajo. Sin embargo, desde el concepto y los elementos que se establecieron en la Ley 472 de 1998, es evidente que los perjuicios que se ocasionen a los trabajadores en virtud de la vinculación laboral en el sector público o privado pueden ser reclamados mediante acciones de grupo; por ello, la presente investigación se encarga de explicar los aspectos conceptuales y procesales para acudir a esta acción y, con base en el análisis de la jurisprudencia de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado del período 2000-2011, presentar los diferentes casos en los que el ejercicio de la acción de grupo ha procedido para indemnizar los daños ocasionados a un número plural de trabajadores por la acción u omisión del Estado o de un particular, a fin de promover el conocimiento y, por supuesto, la utilización de este mecanismo procesal, que resulta expedito para la

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